martes, 12 de febrero de 2013

Mi explicación del caso del SME


Estimados amigos:
En el documento anexo encontrarán mi explicación sobre la revocación, por parte de la Suprema Corte, del amparo que un tribunal colegiado había concedido al Sindicato Mexicano de Electricistas respecto de la terminación de las relaciones de trabajo. Se trata, simple y llanamente, de un ejemplo más de la imposición de la razón de Estado, sobre el derecho y la justicia social, que es reflejo de una sociedad políticamente primitiva y, en el mejor de los casos, de una democracia que no acaba de cuajar. Va hoy que nuestra Constitución, al alcanzar los 96 años de edad, sigue en espera de que la Corte la cumpla y la haga cumplir.
Cordialmente.
Carlos de Buen Unna

SCJN vs SME
Carlos de Buen Unna
El 30 de enero, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el amparo que había concedido al Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) un tribunal colegiado en contra del laudo de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que aprobó la terminación de las relaciones de trabajo en el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro (LyFC). Había dicho el tribunal que el decreto del Presidente Calderón que extinguió a LyFC no pudo dar por terminadas esas relaciones, con base en dos consideraciones, que se apoyaron en la sentencia que pronunció el Pleno de la Corte en el amparo que promovió el SME en contra del decreto:
a) Que el propio decreto expuso que las causas de la extinción eran económicas y no de fuerza mayor.
b) Que el decreto no disolvió el vínculo laboral y que no privó a los trabajadores de sus derechos.
El SAE pidió a la Corte que revocara la sentencia del Colegiado, alegando que había hecho una “interpretación directa de la Constitución”, a pesar de que la Segunda Sala se había negado a atraer el caso porque se trataba de cuestiones de mera legalidad que aquel Tribunal debía resolver.
En contra de lo resuelto por la Segunda Sala, el Presidente de la Corte admitió el recurso y el SME se inconformó, pero la Primera Sala se solidarizó con el Presidente, a pesar de las violaciones que se le hicieron notar.
En la sesión pública del 30 de enero en la que los ministros de la Segunda Sala revocaron la sentencia que había amparado al SME, dijeron que el Colegiado se había equivocado al interpretar la Constitución, ya que el Presidente de la República no podía ser patrón de los trabajadores de LyFC, cuestión que nunca plantearon ni el SME, ni el Tribunal Colegiado, pero que había propuesto de mala fe el SAE y fue precisamente ese falaz argumento el que usaron los ministros para revocar el amparo, a pesar de que se les advirtió que era una vil mentira.
Pudo haber sido todo preparado de antemano para que la SCJN revocara el fallo del Tribunal Colegiado y se consumara así la terrible injusticia en contra de los 44,000 trabajadores de LyFC y de su Sindicato. Los once ministros son responsables: el Presidente, por admitir un recurso notoriamente improcedente y contario a lo que ya había resuelto el Pleno de la Corte; los de la Primera Sala, al sostener la ilegal admisión del recurso, y los de la Segunda, al revocar el amparo, calificando como una interpretación errónea de la Constitución, algo que ni siquiera formó parte de la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado.
Qué pena y que decepción.